Ciudad Santa Fé
Santa Fe refuerza el control y recuerda las prohibiciones en defensas y terraplenes

- A través de la Ordenanza Nº 10.212, el Municipio detalla las restricciones vehiculares, de asentamientos y de alteración de suelo sobre la infraestructura de protección urbana, advirtiendo sobre severas multas y sanciones penales para los infractores.
- En el marco de las acciones continuas de concientización y prevención sobre el riesgo hídrico, la Municipalidad recuerda a la comunidad la plena vigencia de la Ordenanza Nº 10.212, la cual establece un marco estricto de regulaciones destinadas a preservar la integridad de las obras de defensa contra inundaciones existentes en el ejido urbano.
- Las defensas constituyen una infraestructura vital para la seguridad de todos los santafesinos. Por este motivo, la normativa penaliza severamente cualquier acción que ponga en riesgo su estructura, sus taludes o su coronamiento.
- En sintonía con estas regulaciones, la Municipalidad lleva adelante una política activa y permanente de mantenimiento hídrico durante los 365 días del año. Actualmente, a través de recientes licitaciones públicas orientadas al saneamiento de la red de drenaje, se ejecutan de manera ininterrumpida obras de desobstrucción hidrocinética en conductos entubados de gran escala y tareas de limpieza y reperfilado mecánico en los más de 120 kilómetros de canales a cielo abierto de la ciudad.
- Estas intervenciones incluyen el desbarre de reservorios y la remoción de sedimentos y restos vegetales para asegurar que el agua escurra de manera óptima hacia los sistemas de los ríos Salado y la Laguna Setúbal.
- Asimismo, las cuadrillas municipales intensifican diariamente los operativos preventivos en los denominados “puntos críticos”, enfocándose en la desobstrucción manual de bocas de tormenta, el saneamiento de microbasurales y la supervisión técnica constante de las estaciones de bombeo distribuidas en la capital provincial.
- Estas labores de ingeniería urbana y control, complementadas con el monitoreo telemétrico de los niveles fluviales, buscan mitigar el impacto de precipitaciones intensas y proteger la vida y los bienes de los vecinos, especialmente en los barrios más vulnerables a la acumulación de excedentes pluviales.
- A continuación, se recuerdan las actividades prohibidas y las regulaciones especiales vigentes para el correcto cuidado de las defensas:
- Qué prohíbe la Ordenanza
- Para evitar daños, filtraciones o debilitamientos en el sistema de protección, queda totalmente prohibido en todo el sector de coronamiento, taludes secos y húmedos, y zonas comprendidas hasta el alambrado de protección:
- -Circulación vehicular no autorizada: Está prohibido transitar con cualquier clase de vehículo por el coronamiento y los taludes de las defensas, exceptuando exclusivamente los pasos que se encuentren debidamente habilitados para tal fin.
- -No se permite la permanencia ni el apacentamiento de ganado o animales en ninguna parte de la estructura de defensa.
- -Arrojo de residuos: Queda prohibido el descarte o acumulación de desperdicios y basura en el sector.
- -Instalaciones ilegales: No se permite la colocación de carteles, letreros o estructuras de cualquier tipo sobre las defensas.
- -Escurrimiento de fluidos: Está prohibido el vertido o escurrimiento de cualquier tipo de líquidos sobre las superficies e infraestructura de protección.
- -Asentamientos habitacionales: Queda terminantemente prohibida la instalación de asentamientos precarios o permanentes en los taludes, coronamientos o áreas de resguardo técnico.
- -Alteración del suelo y vegetación: Está prohibida la extracción de árboles, la remoción de tierra de los taludes y coronamientos, así como también el dragado de suelos por debajo de la prolongación del plano de la pendiente del talud húmedo.
- Excepciones y señalizaciones
- -Obras viales esenciales: La prohibición de circulación no regirá únicamente en aquellos tramos y sectores específicos donde se ejecuten obras viales destinadas a posibilitar la transitabilidad por los coronamientos, siempre y cuando estas obras sean autorizadas y no ocasionen ningún tipo de daño a las defensas.
- -Excepciones por mantenimiento: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá establecer excepciones puntuales a las prohibiciones mecánicas o de tránsito basándose de manera restrictiva en razones de seguridad y para la realización de tareas esenciales de mantenimiento de las defensas.
- -Señalización y fiscalización: Se dispone la obligatoriedad de mantener las señalizaciones necesarias para el cumplimiento de la norma, bajo la supervisión de la Comisión Técnica Permanente de Fiscalización, Mantenimiento y Mejoramiento de las Defensas.
- Sanciones previstas
- La Municipalidad advierte que cualquier transgresión a estas normativas será pasible de sanciones que incluyen multas económicas, la obligación a cargo del infractor de restituir las cosas al estado anterior, y la intervención de la fuerza pública en caso de ser necesario, todo ello sin perjuicio de las acciones penales correspondientes por poner en riesgo la seguridad pública de la ciudad.
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